Una de las coberturas más importantes de un Seguro de Hogar es la Responsabilidad Civil. Al asegurar una vivienda, esta garantía nos cubre ante los daños que, por el hecho de vivir en una casa, podemos ocasionar a terceros, tanto personales como en su patrimonio, en el ámbito de la convivencia vecinal.
Situaciones tan frecuentes como la gotera que se pueda producir en el piso de abajo como consecuencia de un grifo abierto o la caída accidental de una teja a la calle, son ejemplos de los siniestros en los que resulta de gran utilidad la RC de Hogar.
La Responsabilidad Civil en la vivienda
El propietario de un inmueble es responsable de los daños que puedan causarse a otros vecinos por averías o accidentes en la vivienda. Además, mucha gente no sabe que el Código Civil hace responsable al cabeza de familia que habita en la casa de los daños causados por las cosas que se arrojaren o caigan de la vivienda.
Por eso, contar con la cobertura de Responsabilidad Civil en el Seguro de Hogar ofrece al asegurado y a su familia la tranquilidad de saber que la aseguradora se hará cargo de los gastos generados por los daños a terceros, independientemente de que el incidente se haya producido de forma accidental.
¿Qué cubre la Responsabilidad Civil en los Seguros de Hogar?
En un principio, el Seguro de Responsabilidad Civil en una póliza de Hogar cubre los daños a terceros ocasionados por un siniestro en la vivienda o por quienes habitan en ella. No obstante, hay que tener en cuenta que no todas las pólizas ofrecen la misma cobertura de RC.
Por eso, si queremos estar cubiertos ante un accidente doméstico del que seamos responsables, es conveniente tener claro el límite del capital asegurado y las condiciones que fija la póliza contratada.
El límite cubierto por el Seguro de RC
La protección de la garantía de Responsabilidad Civil de cualquier Seguro de Hogar tiene un límite, según la póliza contratada. En un contrato normal, esta cifra se mueve entre los 250.000 y 300.000 euros, una cantidad que debe cubrir los posibles daños causados por un siniestro.
Por encima de este límite, la responsabilidad tendrá que ser asumida por el asegurado. Por eso conviene tenerlo en cuenta a la hora de comparar ofertas y elegir el Seguro que más tranquilidad nos pueda proporcionar.
Daños personales y materiales
Es importante recordar que la garantía de Responsabilidad Civil cubre tanto los daños materiales como los personales. Es cierto que en ambos casos la factura puede ser elevada, pero cuando se trata de daños personales las indemnizaciones pueden ser muy costosas, por lo que contar con un Seguro de RC con la cobertura adecuada puede ser fundamental.
Gastos de defensa en un juicio
Por otro lado, es normal que la cobertura de Responsabilidad Civil del Seguro de Hogar cubra también los gastos de la defensa del asegurado en caso de reclamaciones por siniestros relativos a su póliza.
Hay aseguradoras que también cubren el importe de las fianzas que le puedan exigir en un juicio al asegurado o sus familiares en concepto de responsabilidad civil, aunque hasta el límite establecido en el condicionado del Seguro.
La aseguradora que cubre los gastos judiciales por reclamaciones de RC suele ponerse al frente de la defensa del asegurado, asumiendo la dirección jurídica y aportando los abogados y procuradores que defenderán los intereses del titular del Seguro.
Condiciones de la garantía de Responsabilidad Civil del Hogar
En cuanto al resto de condiciones, como siempre, os recomendamos leer bien la letra pequeña antes de contratar el Seguro de Hogar y elegir la póliza conforme a vuestras necesidades.
Además, os recordamos que, como Correduría de Seguros, podemos asesorarte durante la contratación de la póliza de Hogar y aclarar las dudas que puedan surgir sobre la garantía de RC o cualquier otro aspecto relacionado con tus Seguros.
Pero, volviendo a los Seguros de Hogar y la Responsabilidad Civil, es necesario recordar que estamos hablando de pólizas de contratación voluntaria. No estamos obligados a contratar un Seguro para la casa, como ya te contamos en este blog.
Además, en ocasiones resulta más interesante reducir la cobertura del Seguro y ahorrar dinero en la póliza incluyendo las garantías imprescindibles. En este sentido, hay que sopesar si se asegura solo el continente o también, el contenido:
La responsabilidad civil en el continente
En estos casos, la garantía de responsabilidad civil cubre los daños provocados por agua de la instalación de nuestra casa y que afecten a viviendas vecinas, ya sea por fugas de agua, rotura de tuberías o pequeñas inundaciones.
También se incluyen en esta cobertura aquellos daños, personales o en el patrimonio, que sean producidos por cualquier elemento de la casa asegurada en un tercero.
Cabe señalar que hay Seguros de Hogar que incluyen en la cobertura de Responsabilidad Civil los daños se puedan causar a terceros durante la realización de reformas y obras en la vivienda.
La responsabilidad civil en el contenido
En este caso, la garantía de RC se hace cargo de los daños que podamos ocasionar a terceros, tanto dentro como fuera de la vivienda asegurada.
Existe la posibilidad de cubrir nuestra responsabilidad por los daños que puedan producir los empleados de la casa o, incluso, las mascotas de la familia que no tengan la obligación de contar con un Seguro Obligatorio.
La garantía de Responsabilidad Civil también puede cubrir al asegurado en el desempeño de actividades no profesionales y deportivas.
Exclusiones de la Responsabilidad Civil en un Seguro de Hogar
Ya hemos hablado antes de los límites que las aseguradoras establecen en la cobertura de Responsabilidad Civil. Pero es importante recordar que, como en el resto de garantías de un Seguro, existen situaciones que no cubre la RC de la póliza de hogar.
En este capítulo, también encontramos diferencias de unas aseguradoras a otras, por lo que hay que confirmar en el contrato qué situaciones no cubre la Responsabilidad Civil del Seguro. No obstante, estos son algunos supuestos que suelen quedar fuera de la cobertura:
- Daños causados intencionadamente
- Daños a bienes de terceras personas en poder del asegurador
- Perjuicios económicos que no sean consecuencia directa del siniestro
- El pago de sanciones y multas, así como las consecuencias de su impago.
- Daños derivados de la contaminación del suelo, el agua o la atmósfera.